Violencia sexual
La Audiencia de Barcelona confirma la libertad provisional de Alves con fianza de un millón de euros
El tribunal desestima los recursos de la fiscalía y la acusación particular
J. G. Albalat | Germán González
El tribunal la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona ha confirmado la libertad provisional de Dani Alves, bajo una fianza de un millón de euros, tras desestimar los recursos presentados por la acusación particular y la fiscalía. Los magistrados vuelven a descartar el riesgo de fuga del futbolista brasileño, condenado a cuatro años y medio de prisión por violar a una joven en la discoteca Sutton en la madrugada del 31 de diciembre de 2021, y sostienen que la fianza impuesta "responde a la estricta aplicación de la legalidad vigente" y que los mensajes de la acusación particular relativos a la posibilidad de que los condenados pueden salir en libertad pagando, "responden a declaraciones públicas" de las que "somos absolutamente ajenos y que solo contribuyen a generar la confusión social". Los recursos han sido rechazados por la misma sala que acordó la libertad con fianza del jugador.
En la resolución, el tribunal mantiene que la prisión provisional no puede, "en ningún caso", adelantar los efectos de una hipotética pena que pudiera serle impuesta al acusado por órganos superiores (Tribunal Superior de Justícia de Catalunya o Tribunal Supremo), ya que, con tal fin, "la privación de libertad excedería los límites" del artículo 17 de la Constitución", que reconoce el derecho de toda persona a la libertad, de forma que "nadie" podrá quebrantarla "si no es en los supuestos previstos en la ley.
Ningún elemento nuevo
Respecto a la persistencia del riego de fuga esgrimido en sus recursos de la fiscalía y la acusación particular, ejercida por la víctima de la agresión sexual, los magistrados indicen que "todas las circunstancias ya han sido objeto de análisis" en la resolución que acordaba la libertad bajo fianza de Alves, como también sus vínculos familiares, sin que se haya introducido ningún elemento nuevo que lleve a su reconsideración". Los togados recalcan que no es el momento de valorar, como señala la fiscalía, las diferentes declaraciones del procesado durante la instrucción del proceso judicial (el futbolista cambió hasta cuatro veces la versión, explicando, al final, que fue sexo consentido), pues, a su entender, este aspecto ya fue objeto de "examen en la sentencia que condujo a su condena".
El tribunal precisa que descartado el riesgo de fuga con base en la gravedad de la pena, "y aun concurriendo un fin constitucional y legalmente legítimo", la medida de prisión solo procedería cuando no exista otro medio menos gravoso". Y añaden que "en lo referente al arraigo exterior, mediante la vinculación de su país de origen", Brasil, puede ser contrarrestado con las medidas cautelares impuestos: la fianza de un millón de euros, la retirada del pasaporte y la obligación de personarse cada viernes en la Audiencia de Barcelona. Los magistrados, además, rechazan los argumentos económicos planteados por la acusación sobre la cuantía de la fianza y que apuntan a que el jugador dispone de una situación financiera boyante.
A finales de febrero, la Audiencia de Barcelona condenó a Dani Alves a cuatro años y medio de prisión. Al presentar el recurso contra la sentencia, la letrada del jugador, Inés Guardiola, volvió a solicitar su libertad provisional, como había hecho varias veces su anterior defensa sin éxito antes de que el brasileño se sentara en el banquillo. La Sección 21 se la concedió si pagaba una fianza de un millón de euros. Alves tardó varios días en recaudar esa cantidad y abandonó el centro penitenciario de Brians 2 el pasado 25 de marzo,
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