Violencia vicaria

El asesino de las niñas de Almería tenía pulsera telemática y orden de alejamiento de la madre desde 2022

El fiscal y el juez dio por válido el pacto de visitas 'acordado' por la maltratada y su agresor a partir del que se suspendían las visitas bajo criterio judicial 

El padre, con un juicio por malos tratos pendiente desde hace dos años, envenenó a sus hijas con pesticida

Concentración en Abla (Almería), donde residía la madre de las niñas asesinada por su padre.

Concentración en Abla (Almería), donde residía la madre de las niñas asesinada por su padre. / Carlos Barba

Patricia Godino

Patricia Godino

El asesino de las niñas de Almería llevaba pulsera telemática y tenía orden de alejamiento desde 2022. El juicio por malos tratos iba a ser el próximo 10 de abril. Pero antes de sentarse delante del juez, Lionel acabó con su vida envenándose con pesticida, antes acabó de la misma forma con la vida de sus dos hijas, de 4 y 2 años. El Ministerio de Igualdad ya ha confirmado este caso como violencia vicaria, la más cruel de las expresiones de violencia contra una mujer.

Así lo confirma el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en una nota en la que reconstruye la crónica judicial del padre de las niñas a partir de la denuncia por malos tratos interpuesta por Alina, su pareja, y maltratada por este hombre desde prácticamente siempre, según todas las fuentes con la que ha hablado El Correo de Andalucía.

Alina, madre de las dos niñas asesinadas en la pedanía de Las Alcubillas de Alboloduy, denunció a su pareja por malos tratos ocurridos en la noche del día 24 de mayo de 2022 cuando el agresor, escribe el juez en su auto, "agarró la mano izquierda de Alina y la retorció".

Alina relató entonces al juez, según recoge este escrito del TSJA, que no era la primera vez que este hombre maltrataba. Alina reconoció haber sufrido otros episodios de malos tratos, tanto físicos como psicológicos, durante la relación, algunos de ellos en presencia de sus hijas menores. El denunciado minimizó el episodio y argumentó que "no la agredió y que sólo discutieron".

A raíz de estos hechos, el juzgado acordó como medida cautelar "una orden de protección de la víctima, que implicaba una orden de alejamiento de 500 metros y colocación de una pulsera telemática".

El auto también otorgó a la madre la guarda y custodia de las dos hijas menores, aunque mantuvo el ejercicio de la patria potestad entre ambos progenitores "sin establecimiento de régimen de visitas, estancia, relación o comunicación del investigado respecto de sus hijos menores". Asimismo, le imponía el pago de una pensión de 150 euros mensuales para la manutención de cada una de las hijas y otorgaba a la madre y a las menores el disfrute de la vivienda familiar.

Fuentes de la Consejería de Igualdad aclaran este miércoles a este periódico que fue el 3 de junio de 2022 cuando la mujer y sus dos hijas ingresaron en el centro de emergencias para víctimas de violencia de género de Almería, gestionado por el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM).

Allí estuvo unos días hasta que en ese mismo mes fueron trasladadas las tres a la casa de acogida de Granada donde recibieron atención psicológica, jurídica y social dentro de un plan personalizado de atención. "Llegó en un estado de máxima vulnerabilidad", describen en Igualdad.

Saldría de este centro nueve meses después.

En marzo de 2023, según informa Igualdad, la mujer solicitó "de forma voluntaria" su salida de los recursos de acogida del Instituto Andaluz de la Mujer. "Esta decisión no era compartida por el personal técnico de la casa, ya que la mujer y sus dos hijas llegaron en una situación de extrema vulnerabilidad", insisten estas mismas fuentes.

Antes de esta última fecha, el juez prorrogó las medidas cautelares. Nada pareció objetarse al respecto. Sólo así se entiende que el 29 de septiembre de 2022 dictara prorrogar las medidas cautelares que fijaban el régimen de visitas, "hasta tanto se resuelva la controversia surgida entre las partes". 

La nota del TSJA indica que los dos progenitores comunicaron al Juzgado de Violencia su acuerdo sobre las medidas que regirían respecto a las dos niñas por el que se atribuía la guarda y custodia de las menores a su madre, un régimen de visitas en favor del padre y el pago de una pensión alimenticia, por 300 euros. La concreción del acuerdo dictado por el juez fue un régimen de visitas por el que el padre "podrá disfrutar de la compañía de sus hijas menores fines de semana alternos, sábados y domingos desde las 12:00 horas a las 18:00 horas con entrega y recogida en el Punto de Encuentro Familiar de Almería (PEF)”.

Fiscal y juez dieron por válido el pacto de visitas 'acordado' por la maltratada y su agresor

Los PEF son un servicio gratuito de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía que debe servir de espacio neutral para garantizar el derecho de los y las menores a relacionarse con sus progenitores durante las situaciones de separación marcados por la alta conflictividad.

El protocolo habitual para este tipo de casos es que los técnicos del PEF se entrevistan de manera independiente con cada uno de los progenitores. Es en el marco de esta visita que la madre alega, aclara a este medio fuentes de la Consejería de Justica, razones de incompatibilidad para atender el régimen de visitas fijado por el juez. Por esta razón, entre ambos acuerdan que las visitas en el PEF sólo se den los domingos. "El padre saldría perdiendo respectoi a las horas iniciales "

Es este servicio el que emite un informe en el que se concluye el servicio de mediación para que el padre viera y estuviera con las niñas en el régimen pactado por el juez. De esta forma, el 26 de septiembre de 2023, el PEF de Almería describe el acuerdo al que supuestamente habían llegado Alina y su maltratador y padre de las niñas de forma voluntaria. "A petición de la madre, por motivos laborales, y estando de acuerdo el progenitor", las estancias del sábado no se llevarían a cabo y las entregas y recogidas se harían en domingos alternos de 10:30 horas a 18:30 horas.

El informe abarca el periodo que va de junio a agosto de 2023, trimestre en el que "tan sólo ha tenido lugar un intercambio, el correspondiente con el día 25 de junio". Para entonces Alina ya no vive en la casa de acogida de Granada y se ha mudado al pequeño municipio de Abla, en Almería.

Fuera de la red de protección, como contó este medio, el maltratador encontró la manera de seguir más de cerca la actividad de su ex mujer y de insistir en el chantaje. Alina quería regresar a su país, Rumanía, y llevarse con ella a sus niñas, para eso necesitaba la autorización del padre, como informó a este medio la Consejería de Igualdad.

Los técnicos del PEF en su informe "sólo describen lo que ven", informa fuentes de Justicia. Según el escrito del PEF de Almería, "los menores mantienen un comportamiento normalizado al desvincularse de su madre y recibir a su padre, mostrando alegría y afecto al encontrarse con él". Se subraya, además, que a lo largo de la interacción paterno filial que se produce en el PEF, "Ionel trata a sus hijas de forma cariñosa y proporciona los cuidados pertinentes".

Sin embargo, en el informe, el PEF reconoce que la madre "fue cancelando el resto de encuentros previstos debido a razones económicas y laborales y los dos progenitores informaron de que han alcanzado acuerdos al margen de este servicio" y de que el padre está viendo a sus hijas.

Finalmente, el día 20 de agosto ambos comunican de manera telefónica al PEF su decisión de "prescindir" de este servicio por lo que los responsables del PEF comunicaron al Juzgado de Violencia "la finalización de la intervención con el expediente de referencia".

El PEF informó al juez que la madre alegó "razones laborales y económicas" para alcanzar con el padre de las niñas un régimen de visitas por su cuenta

A través de su procuradora, la madre de las menores solicitó al Juzgado de Violencia que cesara el régimen de visitas tutelado, supuestamente, "porque la relación paterno filial se había normalizado, incluso mejorado mucho, e igualmente reitera la petición de que se alce la medida cautelar relativa a la orden de alejamiento existente, con el fin de poder facilitar la relación entre las menores y el padre".

Finalemente fue el 9 de noviembre de 2023 cuando el juzgado de Violencia de Almería acordó el fin de la intervención del Punto de Encuentro Familiar en el procedimiento de guarda y custodia de las menores habida cuenta, insiste el TSJA en su nota, de que así lo habían solicitado los progenitores, los responsables del Punto de Encuentro y con la conformidad del Ministerio Fiscal. El auto subraya que, "a excepción del primer día, el régimen de visitas no se está llevando a cabo a través del Punto de Encuentro Familiar". 

Es decir, los técnicos describieron la relación paterno filial con tan sólo una jornada como referencia.

Nadie en la cadena de protección de esta madre y sus niñas consideró necesario hacer nada más. Nadie en esta cadena alertó que el acuerdo entre las partes pudo estar viciado de partida, que el maltratador esté ejerciendo presión sobre la mujer maltratada y que ésta decida y opere en un contexto de "extrema vulnerabilidad".

En la noche en que trascendió este nuevo caso de violencia vicaria, Teresa Peramato, fiscal de violencia de género en declaraciones a la Ser, planteó la idoneidad del mutui acuerdo en este tipo de casos: "el fiscal, una vez que se presenta el acuerdo entre progenitores, examina el acuerdo y tiene que decir si está a favor o en contra. Es muy difícil oponerse a un mutuo acuerdo, porque tienes que demostrar la causa que quite razón a los dos progenitores y que están de acuerdo en que las hijas vean a su progenitor. No es tan fácil oponerse. Tienes que plantear argumentos para demostrar que eso no beneficia a los menores. El recurso procesal tal y como está ahora, no es quizá el más adecuado".